Derecho romano

Te explicamos qué es el Derecho Romano, su historia y en qué períodos se divide. Además, cuáles son sus fuentes y características.

Derecho Romano
El Derecho Romano sirvió de base para textos legales otras culturas y civilizaciones.

¿Qué es el Derecho Romano?

Se llama Derecho Romano al ordenamiento jurídico que regía la sociedad de la Antigua Roma, desde su fundación (en el año 753 a. C.) hasta la caída del Imperio en el siglo V d. C., aunque permaneció en uso en el Imperio Romano Oriental (Bizancio) hasta 1453.

Fue compilado en su conjunto en el siglo VI por el emperador bizantino Justiniano I, en un volumen de leyes conocido como el Corpus Iuris Civilis (“Cuerpo de Derecho civil”), e impreso por primera vez por Dionisio de Godofredo en 1583, en Ginebra.

Dicho texto y las leyes que contiene son de suma importancia en la historia jurídica de la humanidad, ya que sirvieron de base para los textos legales de múltiples otras culturas y civilizaciones. Tanto así, que aún existe una rama del derecho especializada en su estudio, llamada romanística, con sedes en las facultades de derecho de numerosos países.

Para entender cabalmente el Derecho Romano conviene examinar sus características y su historia, pero a grandes rasgos se lo puede comprender a partir del concepto de ius (“derecho”), contrapuesto con fas (“voluntad divina”), separando así por primera vez al ejercicio jurídico de la religión. Esto permitirá el surgimiento de las diversas ramas del derecho: ius civile (“derecho civil”), ius naturale (“derecho natural”), etc., muchas de las cuales aún perduran hoy.

Ver además: Derecho natural

Historia del derecho romano

Derecho Romano
La República Romana osciló entre la democracia y la dictadura constantemente.

La historia del derecho romano abarca más de mil años de legislación y de cambios en la manera de entender la ley y la legalidad, desde la aparición primera de la Ley de las Doce Tablas en 439 a. C. aproximadamente, hasta el Código de Justiniano de 529 d. C. Su nacimiento proviene de la costumbre (que inspiraría el Derecho consuetudinario) y surgiría como un modelo de regulación de la sociedad que garantizara la paz social frente a las apetencias de igualdad de los plebeyos y la jerarquía que sostenía a los emperadores, los pretores y al Senado.

Recordemos que la República Romana osciló entre la democracia y la dictadura constantemente, para terminar convirtiéndose en un Imperio que conquistaría casi todo el mundo occidental, llevando su ley a todos los rincones que colonizara. Así, el derecho romano se convirtió en el sostén de la legalidad de las colonias romanas en Europa, Asia y África, y ello se refleja en la historia jurídica de cada reino en que se dividió el Imperio Romano tras su derrumbe.

Algunos de los principales juristas y estudiosos del derecho en la Antigua Roma fueron Gayo, Papiniano, Ulpiano, Modestino y Paulo.

Períodos del derecho romano

La historia del derecho romano se divide normalmente en los siguientes períodos:

  • El período monárquico. Se extiende desde mediados del siglo VIII a. C., con la fundación de Roma, hasta el año 509 a. C. cuando se expulsa de la ciudad al Rey Tarquinio el Soberbio, cuyo gobierno despótico fue el último ejercido por los reyes romanos, dando pie así a la República romana.
  • El período republicano. Inicia con la caída de la monarquía a inicios del siglo V a. C. y culmina con el otorgamiento por parte del Senado romano de poderes absolutos a Octavio Augusto en el año 27 a. C. Durante este período se publica la Ley de las XII Tablas, dando inicio formalmente al derecho romano, y construyendo un Estado de poderes en equilibrio: se elegía un grupo de magistrados democráticamente en asambleas populares, encargados de funciones asignadas; mientras que el Senado se ocupaba de dictar senadoconsultos con rango de ley.
  • El período del principado. Inicia en el año 27 a. C. tras la crisis política que afectó la República y permitió el surgimiento de un Estado autoritario, sometido a la voluntad de la auctoritas del Príncipe o Emperador, tales como Augusto (27 a. C. – 14 d. C.), Calígula (37-41 d. C.), Nerón (54-68 d. C.) entre otros. Roma alcanzó en este período su máxima extensión territorial: 5 millones de kilómetros cuadrados.
  • El período del dominado. Conocido también como el Imperio absoluto, inicia a mediados del siglo II d. C. hasta el año 476, cuando el Imperio Romano de Occidente colapsa y desaparece. Es una época de poder absoluto el Estado, en manos del Emperador, quien gobierna a través de constituciones imperiales. En el año 380 el Imperio asume el cristianismo como religión oficial y posteriormente se divide en dos partes, de donde nacerá el Imperio Romano de Oriente.
  • El período de Justiniano. Llamado también el Gobierno de Justiniano, va de 527 a 565 d. C., y es la época en que se publica la compilación justiniana del Derecho Romano en el año 549, marcando el punto final de su historia. Tras la muerte de Justiniano se erige el Imperio Bizantino, un Estado más bien medieval, que durará hasta el siglo XV, cuando caiga frente a los turcos.

Fuentes del derecho romano

Emperador Justiniano I - Derecho Romano
Las fuentes Justinianeas están en la obra Corpus iuris civilis del Emperador Justiniano I.

Como toda vertiente del derecho, el romano posee sus fuentes, que podemos estudiar por separado de la siguiente manera:

  • El mos maiorum. “La costumbre de los ancestros”, es primera de las fuentes del Derecho Romano. La compone la costumbre (Derecho consuetudinario), a través de un conjunto de reglas heredadas de la tradición ancestral y que eran veneradas en la Antigua Roma, que eran transmitidas familiarmente y que servían para contraponer lo romano a las tradiciones helenizantes o asiáticas.
  • Fuentes Justinianeas. Aquellas compiladas por el Emperador Justiniano I en su obra Corpus iuris civilis, que incluye: El código o Codex (vetus) que compilaba las constituciones imperiales; El digesto o Pandectas que contiene una ordenación cronológica de las diversas materias, en orden cronológico a lo largo de 50 libros distintos; el Instituciones o Institutas que contiene una síntesis de doctrinas y preceptos en cuatro libros que compone un tratado elemental de derecho; El código de Justiniano o “El Nuevo Código” que es la versión encargada por el Emperador a Juan de Capadocia, inspirada en todo lo anterior; y finalmente las Novelas que componen el código definitivo promulgado por Justiniano.
  • Fuentes Extrajustinianeas. Abarcan dos conjuntos de textos ajenos a la labor de Justiniano:
    • Fragmentos de juristas del período clásico. Como son Las instituciones de Gayo; los Fragmentos de Sententiarium libri V ad filium de Paulo; los Tituli ex corpore Ulpiani cuyo autor es desconocido; partes muy escasas de la Responsa de Papianiano; un apéndice de Ars grammatica de Dositheus; y los Scholia sinaitica descubiertos en el Monte Sinaí.
    • La colección de otras constituciones imperiales. Como la Fragmenta vaticana, que son los restos de una colección privada de pasajes de juristas clásicos y leyes imperiales hallados en un palimpsesto en la Biblioteca del Vaticano.

Puede servirte: Fuentes del derecho

Características del derecho romano

Derecho Romano - Derecho público
El Derecho público regula las acciones del Estado y vela por el bienestar de los ciudadanos.

El derecho romano, a muy grandes rasgos, distinguía entre varias formas de comprender la ley. No sólo, como se ha dicho, entre el ius (“derecho”) y el fas (“voluntad divina”), sino también entre el Derecho público, que regula las acciones del Estado y vela por el bienestar general de los ciudadanos; y el Derecho privado, que regula los acuerdos y transacciones entre éstos, de cara a la idea de justicia defendida por las instituciones.

De manera semejante, se diferenciaba entre dos conceptos fundamentales: Ius (“derecho”), aquello que es justo y equitativo en sí mismo y por lo tanto obligante; y Lex (“Ley”), aquello ordenado o comandado de manera escrita por las autoridades del Estado. Todo el cuerpo del Derecho Romano se inspiraba en dicha oposición.

También debemos notar que para el Derecho Romano el ser humano no era necesariamente un ciudadano, sino que lo son aquellos que la ley reconocía como tales, estando excluidos de derecho alguno los esclavos. Había, así, tres formas de ciudadanía en base a su grado de libertad:

  • Personas libres. Aquellas que lo fueron siempre (Ingenuos) y aquellos que habían ganado su libertad luego de haber sido esclavos (Libertinos).
  • Colonos. Se hallaban en un estado intermedio entre la libertad y la esclavitud, sentenciados perpetuamente al cultivo de los territorios romanos, y cuya deserción convertía en esclavos.
  • Esclavos. Personas que no eran dueñas de sí, sino que formaban parte del patrimonio de otros.

Si bien no estaban al nivel de los esclavos o los colonos, las mujeres ocupaban en este ordenamiento jurídico un lugar de subalternidad respecto al hombre.

Importancia del derecho romano

El derecho romano no sólo es la base de las constituciones de los países de Occidente y de Oriente (especialmente de su derecho civil y comercial) que fueron parte del Imperio colonial romano, sino que también dieron cuerpo a los estatutos de la Iglesia católica que rigieron su funcionamiento incluso en el Medioevo, cuando el Imperio Romano ya se había disuelto.

Casi todas las instituciones republicanas que existen en la actualidad tienen su origen en el Derecho Romano, y muchos ordenamientos como el common law anglosajón también.

Sigue con: Historia de los derechos humanos

Referencias

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Raffino, Equipo editorial, Etecé (6 de octubre de 2024). Derecho romano. Enciclopedia Concepto. Recuperado el 18 de noviembre de 2024 de https://concepto.de/derecho-romano/.

Sobre el autor

Última edición: 6 de octubre de 2024

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