Subjetivo

Te explicamos qué es algo subjetivo, su importancia y sus diferencias con lo objetivo. Además, derecho objetivo y derecho subjetivo.

subjetivo
Lo subjetivo es aquello que puede variar de un individuo a otro.

¿Qué es algo subjetivo?

En la filosofía occidental, se han opuesto de distintas maneras las nociones de objeto (aquello real, externo, concreto) y sujeto (aquello interior, sensible, abstracto), y por lo tanto también las de objetividad y subjetividad. Lo primero sería lo vinculado con el objeto, o sea, lo objetivo; y lo segundo sería lo vinculado con el sujeto, o sea, lo subjetivo.

Estos conceptos se hallan presentes en el idioma, es decir, en la manera misma de pensar: llamamos sujeto a quien realiza la acción de la oración, y objeto a los elementos involucrados (objeto directo: quien recibe la acción; objeto indirecto: quien se beneficia de ella; objeto circunstancial: quien describe el contexto, etc.).

Lo importante es que, según esta manera de pensar las cosas, la experiencia del mundo se divide en esos dos términos: lo objetivo, que es igual a sí mismo independientemente de quiénes lo perciban, y lo subjetivo, que es aquello que depende de las consideraciones interiores de quien lo percibe, y que por ende puede variar de un individuo a otro.

La distinción entre lo objetivo y lo subjetivo ha sido tema de estudio de la filosofía desde épocas antiguas, y más recientemente de la sociología, la psicología y otras disciplinas científicas. En el habla cotidiana, no obstante, estos términos se emplean sin mucho problema, como sinónimos de “absoluto” y “relativo”, respectivamente.

Cuando reclamamos, por ejemplo, que a un periodista o a una nota del periódico le falta objetividad, queremos decir que su descripción de lo sucedido no es neutral, sino que está muy influenciada por factores personales: la posición al respecto del periodista, las afinidades políticas del diario en que la leemos, las segundas intenciones detrás de la nota, etcétera.

Pues todo ello pertenece al ámbito de lo subjetivo, es decir, lo personal, lo debatible, lo que pertenece a un punto de vista específico. Los hechos desnudos, en cambio, sin interpretaciones, son de naturaleza objetiva: son iguales sin importar en qué diario los leamos.

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¿Qué significa “ser subjetivo”?

Cotidianamente empleamos el término subjetivo como sinónimo de personal, parcial, viciado, que posee intereses en la materia en cuestión; o sea, todo lo contrario a algo objetivo (neutral, imparcial, impersonal).

Así, cuando acusamos a alguien de estar siendo subjetivo al exponer un tema, lo estamos acusando de no abordarlo con la suficiente distancia de sí mismo, y estar confundiendo (intencionada o accidentalmente) sus opiniones, sus puntos de vista, sus sesgos personales, con los hechos y la realidad objetiva.

Dependiendo del contexto, las subjetividades de cada quien deben mantenerse a resguardo, o exponerse de manera franca, sin disfraces. Lo contrario puede interpretarse como un intento por manipular a los demás, por influir en sus opiniones y abogar por el propio punto de vista.

Del periodismo, la ciencia y otras disciplinas similares se espera un desempeño objetivo, es decir, libre de interpretaciones, que consista en hechos comprobables. Un experimento, por ejemplo, arrojará un resultado objetivo, sin importar lo que piense al respecto el científico que lo realiza.

En cambio, campos del saber como las artes, la historia, la filosofía, la opinión pública y otros semejantes, dependen de cierta subjetividad de interpretación. Por eso tienen cabida las opiniones, las pasiones, los puntos de vista.

Esto no significa, sin embargo, que en dichas disciplinas el conocimiento sea siempre relativo y no pueda afirmarse nada, sino que se lo debe hacer a través de argumentaciones, o sea, de convencer a los demás de la viabilidad del propio punto de vista.

Diferencia entre subjetividad y objetividad

Como hemos dicho antes, la subjetividad y la objetividad se diferencian en lo siguiente:

  • Lo subjetivo tiene que ver con los sujetos, lo objetivo con los objetos. Es decir, lo primero tiene que ver con las personas, lo segundo con la realidad.
  • Lo subjetivo es variable, debatible y argumentable, mientras que lo objetivo es autoevidente, obvio y verificable.
  • Lo subjetivo depende del mundo interior de los individuos, mientras que lo objetivo depende del mundo exterior. Por esa razón, un mismo hecho objetivo puede interpretarse desde varios puntos de vista subjetivos.
  • Lo subjetivo es múltiple, lo objetivo único.

Derecho objetivo y derecho subjetivo

En el campo jurídico, existe también la distinción entre el derecho objetivo y el subjetivo, y es una distinción central en el seno del concepto mismo de lo que el derecho es.

Es posible, así, comprender el derecho de manera objetiva, cuando lo consideramos como un conjunto de normas y leyes a seguir (derecho positivo y derecho natural), cuya existencia implica una obligación, una serie de deberes que son universales para todos los ciudadanos que habiten en una nación y que compartan un mismo ordenamiento jurídico.

Ese es el derecho objetivo. Por ejemplo, las leyes de tránsito son claras y universales, sin importar quién esté detrás del volante de un automóvil. Son objetivas.

Pero al mismo tiempo, el derecho tiene una dimensión subjetiva e individual, que otorga a las personas la capacidad para obrar frente a la ley según su libre albedrío, es decir, les confiere facultades. Dichas facultades subjetivas son:

  • Libertad, dado que una persona puede obrar como se le antoje siempre y cuando no realice acciones penadas o prohibidas por la ley.
  • Poder, dado que una persona puede llevar a cabo determinados actos jurídicos a su alcance (como comprar, vender, firmar un contrato, demandar a alguien, etc.).
  • Pretensión, dado que una persona puede exigir de otras el cumplimiento de determinados deberes u obligaciones establecidos por la ley.

Así, el derecho subjetivo es aquel que otorga al individuo la posibilidad (no la obligación) de llevar a cabo determinadas acciones jurídicas, y cuya legitimidad proviene del consenso de la sociedad misma, es decir, del acuerdo social de convivencia y el necesario imperio de las leyes.

Más en: Derecho objetivo, Derecho subjetivo

Referencias

¿Cómo citar?

"Subjetivo". Autor: Equipo editorial, Etecé. De: Argentina. Para: Concepto.de. Disponible en: https://concepto.de/subjetivo/. Última edición: 11 de noviembre de 2020. Consultado: 30 de abril de 2024

Sobre el autor

Última edición: 11 noviembre, 2020

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