Te explicamos qué es la ignorancia, el origen del término y cómo varió a lo largo de la historia. Además, su sentido en el derecho.
¿Qué es la ignorancia?
Cuando hablamos de ignorancia (o de ignorar e ignorante) nos referimos en general a la ausencia de conocimientos, comprendida de dos formas posibles y diferentes:
- En forma puntual, por ejemplo al decir “ignoro a qué se refiere tu comentario”).
- Como una condición continua y generalizada (como en “qué ignorante es mi padrino”). En este último caso, posee una connotación peyorativa que puede inclusive ser empleada como insulto.
La palabra ignorancia proviene del latín y está compuesta por el prefijo in- (“negación”, “lo contrario de”) y gnoscere (“conocer”), y es próxima a ignotus (“ignoto”, “desconocido”). En su momento era empleada de dos formas distintas:
- Como el verbo ignoratio, que significa “desconocer”, “no tener información de”.
- Como el sustantivo ignorantia, que se refería no sólo a desconocer algo puntual, sino a una condición en la que un individuo se halla frecuentemente desinformado, en particular por motivos de dejadez, apatía o por autoinconsciencia, o sea, por no ser capaz siquiera de estar consciente de que hay cosas que desconoce.
Estos dos usos distintos sobreviven hasta hoy, y tienen lugar incluso en el abordaje filosófico de la ignorancia. Así, se suele distinguir entre la ignorancia “sabia” (docta ignorantia, en palabras de San Agustín), aquella del individuo que está consciente de sus desconocimientos y limitaciones, y la ignorancia “profunda” en la que el sujeto ni siquiera se sabe ignorante, y por lo tanto se encuentra muy cerca de la inocencia o la ingenuidad.
En la mayoría de los casos, al hablar de ignorancia, nos estaremos refiriendo al segundo de los sentidos que hemos referido. Hoy en día llamamos ignorante a quien siente apatía o dejadez por el conocimiento, o quien ni siquiera es capaz de reconocer sus desconocimientos y por lo tanto habla con propiedad de asuntos que, justamente, ignora.
Desde el surgimiento del humanismo renacentista, la ignorancia es entendida en general como una dolencia y un defecto, y se considera que la labor de la educación y de la razón humana es combatirla. Por esa razón se suele asociar la ignorancia con la oscuridad (las tinieblas de la ignorancia), en el sentido de que el ignorante razona ciegamente, es incapaz de “ver” su propia desinformación.
De allí también surge el proverbio que afirma que “la ignorancia es atrevida”, una paráfrasis de lo dicho por el naturalista inglés Charles Darwin (1809-1882): “La ignorancia engendra más confianza que el conocimiento”, puesto que los ignorantes se piensan más informados o con más entendimiento de lo que en verdad son.
Similarmente, en el ámbito de las leyes y el derecho, se habla de ignorancia para referirse al desconocimiento de la ley, especialmente para sostener el adagio romano: “ignorancia juris non excusat”, esto es, que ignorar la ley no nos exime de tener que cumplirla. Este precepto jurídico impide que el violador de la ley se excuse en su desconocimiento, y al mismo tiempo obliga al Estado a hacer las leyes públicas y de amplio y notorio conocimiento.
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Referencias
- “Ignorancia” en Wikipedia.
- “Ignorancia” en el Diccionario de la lengua de la Real Academia Española.
- “Etimología de ignorancia” en Etimologías de Chile.net.
- “La ignorancia” por Oscar M. Prieto en La Nueva Crónica (España).
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